Corrientes: condenan a productor por la muerte de un niño de 4 años intoxicado
Nicolás Arévalo tenía cuatro años cuando murió, en el 2011, luego de cinco días de agonía por haber sido intoxicado con los agroquímicos de un productor tomatero de la zona. En el año 2016, el productor Ricardo Prieto fue sobreseído. Sin embargo, cuatro años después la justicia aceptó la apelación y este lunes se conoció la sentencia del Tribunal Oral de Goya que condenó a tres años de prisión por homicidio culposo a Prieto considerado responsable de la muerte de Nicolás por intoxicación con endosulfán. Su prima, Celeste, de siete años también había sido intoxicada pero sobrevivió luego de tres meses de internación en el Hptal Garraham. El caso tuvo relevancia nacional y un año después el Senasa prohibió el uso de ese tóxico, hasta el momento usado de manera indiscriminada. El endosulfán era legal hasta entonces, el caso demuestra que los llamados ‘agroquímicos’ en realidad son ‘agrotóxicos’.
Tal como declaró la familia en el juicio, ellos eran trabajadores en las quintas hortícolas de Prieto y debían aplicar el endosulfán sin protección alguna, ni siquiera agua para lavarse las manos.
El caso demuestra que los llamados ‘agroquímicos’ en realidad son ‘agrotóxicos’
“Este caso es muy importante para entender los efectos negativos de los agroquímicos en nuestras vidas, por eso hay que impulsar la agroecología ya que es un modelo que nos está permitiendo producir de forma natural y sana, sin enfermarnos a nosotros, ni a nuestros vecinos ni a quienes consumen nuestros alimentos”, declaró Roy Cruz, productor y delegado de la UTT Corrientes quien lleva tres años trabajando en la transición hacia la agroecología.
Herminio González, abogado de la familia, declaró a Tierra Viva que el fallo tiene un sabor ‘agridulce’: “Genera sensaciones ambivalentes por el dolor y la ansiedad de la familia, que volvió a revivir los hechos con mucho entereza. Y tuvieron el valor de poner el rostro ante la comunidad de quienes hacen prevalecer los bienes de capital por sobre la vida humana. Esa lucha hoy tiene sus respuestas”, sin embargo, Prieto ‘no va a estar preso ni un solo día’, destacó.
El juicio sufrió presiones de todo tipo.
El juicio sufrió presiones de todo tipo. El abogado defensor de Prieto pertenece a una familia productora de arándanos, los Brest, quienes también están involucrados en la muerte de una nena de 12 años que murió por comer una mandarina bañada en carbofurán, químico utilizado para espantar a los pájaros que acechaban los arándanos.
Entre Ríos: prohíben fumigaciones en las islas Lechiguanas
La justicia falló a favor de la demanda para proteger los humedales del archipiélago de la Islas Lechiguanas, en el delta de Gualeguay, presentada por las asociaciones civiles Unidos por la Vida y el Medio Ambiente, Cuenca Río Paraná y Foro Medio Ambiental contra los empresarios Fabio Ernesto Di Fonzo, Juan Pedro Nazar y la empresa de su propiedad, Mapuche SRL, dedicada a la explotación agrícola y ganadera.
La prohibición fue dictada por el juez para la protección del ecosistema y la naturaleza como ente de derecho propio.
Se trata de 250.000 hectáreas en el sur de la provincia de Entre Ríos, frente a la ciudad bonaerense de San Nicolás, delimitadas por el río Paraná que quedarán libres de agrotóxicos. Además, se prohibió “la quema de recursos naturales, actividades que impliquen riesgo de incendio aún de carácter accidental; construcción, modificación o mantenimiento de diques y terraplenes de cualquier naturaleza o realización de actividades que pongan en riesgo el ecosistema identificado en la demanda”.
“El fallo tiene como signo distintivo que no establece distancias a respetar para la fumigación como es habitual, sino que prohíbe el uso de agroquímicos en todo el territorio de las islas Lechiguanas”, dijo a Télam el abogado de la asociación civil Foro Medio Ambiental, Fabian Maggi. Y agregó: “Además, no hubo vecinos implicados en la demanda, no se denunció que tal persona es víctima de agrotóxicos, que respira ese aire contaminado o que lo tiene en la sangre, sino que la prohibición fue dictada por el juez pura y exclusivamente en torno a la protección del ecosistema y la naturaleza como ente de derecho propio“.